Morelia, Michoacán
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) desechó los señalamientos de la regidora Verónica Zamudio, al declarar inexistentes las omisiones que acusó en contra del Presidente Alfonso Martínez; del Secretario del Ayuntamiento, Yankel Benítez y la síndica Melisa Vásquez.
Durante la sesión celebrada este día, las magistraturas resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-265/2025, determinando que los agravios presentados por la regidora son infundados y que carecen de sustento legal.
En el dictamen se establece que la convocatoria a la sesión del Cabildo que denunció Zamudio, sí fue acompañada de la documentación necesaria, ya que la Ley Orgánica Municipal no obliga a anexar información adicional distinta a la que la autoridad convocante considere pertinente.
Respecto a la solicitud de información hecha por Zamudio, el Tribunal fue claro: la petición se presentó con apenas poco más de dos horas de anticipación, lo que hizo materialmente imposible atenderla, sobre todo tratándose de información que podría encontrarse en distintas áreas del Ayuntamiento.
Además, el TEEM subrayó que la propia ley establece un plazo mínimo de 24 horas previas a la sesión para solicitar información, requisito que no se cumplió.
Incluso, el fallo destaca que la Síndica sí intentó responder a los puntos solicitados, demostrando la voluntad institucional de proporcionar los elementos disponibles para que la regidora pudiera deliberar y votar de manera informada.
En cuanto al argumento de una supuesta asimetría informativa, el Tribunal determinó que no existe evidencia alguna que la acredite, ni elementos suficientes aportados por la actora para demostrarla.
Finalmente, el TEEM también desechó el señalamiento sobre la falta de condiciones para la deliberación, al quedar acreditado que la propia regidora votó a favor de la dispensa de lectura del proyecto, sin manifestar inconformidad ni solicitar formalmente más tiempo para revisar la información durante la sesión.
Resolutivo
El Tribunal fue contundente:
Son inexistentes las omisiones atribuidas al Presidente, Secretario y Síndica del Ayuntamiento de Morelia.
Con esta resolución, el Tribunal Electoral cierra la puerta a una queja de la regidora Verónica Zamudio, dejando constancia de que sus acusaciones no se sostienen ni en los hechos ni en la ley.

